jueves, 24 de enero de 2013

Requisitos Legales para los Testamentos en Colombia


De acuerdo al Código Civil colombiano el testamento es un acto jurídico mediante el cual una persona dispone de sus bienes para después de muerto conservando el derecho de modificar o cancelar esta distribución. Para ello deberán cumplirse los siguientes requisitos legales:


-  Toda persona mayor de edad podrá realizar este documento.

-  El contenido expresado en el testamento será válido sólo cuando la persona ha muerto. El testador podrá modificar las veces que lo desee el testamento en todo o en parte.

-   El testamento es un acto unilateral e indelegable por lo que no puede nombrarse a un apoderado para que haga este otorgamiento por él.

-    El testador debe poseer lucidez mental. No podrán realizar un testamento los impúberes, el que se hallare bajo interdicción, el que no estuviere en su sano juicio y quien por palabra o por escrito no puede expresar su voluntad.

-   El testamento sólo puede ser revocado por el mismo testador en el caso de que desee modificar todas o una de sus disposiciones testamentarias. Esto se realizará con la celebración de otro testamento.

- Los testamentos privilegiados podrán caducar sin necesidad de revocación hecha por el testador.

-    El testamento verbal caduca cuando el testador fallece después de 30 días de otorgado el testamento o fallece antes de este término pero no puso por escrito el testamento con las exigencias establecidas en la ley dentro de los treinta días siguientes a la muerte.

-    Los alimentos que se deben por ley a ciertas personas, el porcentaje conyugal, las legítimas y la cuarta de mejoras en la sucesión de los descendientes serán asignaciones que incluirán en el testamento aún cuando se contradiga la voluntad del testador.

-    Un testamento cerrado o abierto debe ser otorgado ante Notario Público y con la presencia de cinco testigos. Para ello el testador debe saber leer y escribir y su cubierta debe contener siete firmas: las del testador, la del notario y los cinco testigos.

-   El testamento abierto debe ser otorgado al Notario ante la presencia de tres testigos y debe ser leído en alta voz por el notario y debe ser firmado por el notario, los testigos y el testador.

1 comentario:

  1. Segun el Codigo civil en Colombia, una persona que no tiene ascendientes, ni descendientes, puede hacer un testamento cerrado ante notaria, para que al fallecer, la totalidad de sus bienes queden en poder de instituciones y otras personas naturales, sin consanguinidad, ni afinidad, solamente siendo los amigos del cujus?

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